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Aprobado el decreto que declara la situación de sequía extraordinaria de Eivissa

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@Noudiari/ El Consell de Govern ha aprobado hoy el decreto por el que se declara la situación de sequía extraordinaria en Eivissa.

El mapa de los pozos sobreexplotados de la Isla. Son las zonas marcadas con color oscuro.

El mapa de los pozos sobreexplotados de la Isla. Son las zonas marcadas con color oscuro.

 El decreto, que estará vigente hasta que se haya superado el periodo de sequía y se constanten valores estables durante tres meses consecutivos, tiene como objetivo “controlar al máximo el uso del agua y recuperar las masas”. Para ello se adoptan, por un lado, medidas temporales que permitan un incremento del agua disponible hasta que los niveles de reserva mejoren y, por otro lado, adoptar medidas administrativas que permitan corregir la situación “mediante la limitación y la restricción de los aprovechamientos de manera equitativa y solidaria entre los sectores afectados”.
El conseller de Medi Ambient, Vicenç Vidal, ha recordado que Eivissa presenta una situación crítica en cuanto a las reservas de agua, consecuencia de dos factores: la falta continuada de precipitaciones y la sobreexplotación de los acuíferos. “Estos factores conllevan que mientras no se normalice el régimen de precipitaciones y no se busquen fuentes de suministro de agua alternativas no naturales, no se puede garantizar que se pueda atender la demanda de agua”, han señalado desde del ejecutivo balear.
Para incrementar el agua disponible, el Decreto prevé que mientras dure la situación de sequía no se puedan efectuar nuevas captaciones a las masas de sa Serra Grossa, Cala Llonga y Roca Llisa, las cuales están sobreexplotadas de acuerdo con el balance hidrológico. Se exceptúan los aprovechamientos para abastecimiento a población, geotermia, reordenación de caudales sin aumento de volumen, mantenimiento y saneamiento de pozos y depósitos contra incendios.Las medidas previstas en el Decreto consisten en reducir un 15% el volumen de extracciones, excepto en la agricultura, que baja un 10%, y en el abastecimiento a poblaciones, las captaciones ligadas a la lucha contra incendios y la geotermia, que no sufrirán restricciones. Esta norma también recoge la suspensión de la tramitación y del otorgamiento de nuevas autorizaciones y concesiones de uso y la obligatoriedad de los suministradores (incluidos los de venta de agua en camiones) de utilizar agua desalada de octubre a abril. Los ayuntamientos estarán obligados a hacer estudios de detección de fugas y presentarlos a la Administración hidráulica en un plazo máximo de 45 días desde la entrada en vigor del Decreto, y llevar a cabo un plan de actuación que debe validar la Dirección General de Recursos Hídricos en caso de que las fugas sean superiores al 25%. Las obras necesarias para los cambios de uso se considerarán de utilidad pública y de urgente necesidad.

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